Publicada el: 18/01/2019
ANESTEX
Desde ANESTEX queremos manifestar la adhesión al documento de recomendaciones de la Sección de Cuidados Intensivos de la Sociedad Española de Anestesiología publicado en la REDAR en diciembre 2016.
Desde la Sección de Cuidados Intensivos de la SEDAR (SCISEDAR) se nos informa que el Real Decreto 69/2015, de 6 de febrero (RD 69/15), por el que se regula el Registro de Actividad de Atención Sanitaria Especializada, establece un nuevo criterio definitorio, reconociendo “las unidades de reanimación posquirúrgica que cuentan con una dotación fija de camas y en las que se realizan ingresos administrativos“ como Unidades de Cuidados Intensivos (cfr. RD 69/15). Sin embargo, no se reconocen como unidades de cuidados intensivos “las áreas de reanimación postoperatoria que tienen la consideración de camas de observación“. El RD 69/15 entrará en vigor en enero de 2016 y exige a los centros hospitalarios informar si durante la hospitalización un paciente ha requerido ingreso en cuidados intensivos.
Dicho documento se fundamenta en el reconocimiento de las Unidades de Cuidados Críticos Quirúrgicos como Unidades de Cuidados Intensivos establecido en el Real Decreto 69/2015, de 6 de febrero, por el que se regula el Registro de Actividad de Atención Sanitaria Especializada.
Es de vital importancia la declaración establecida, que se fundamenta en las directrices europeas de formación especializada en Anestesiología que son responsabilidad del European Board of Anaesthesiology (EBA UEMS), a través de su comité permanente de Educación y Desarrollo Profesional. Estas directrices han sido aprobadas por el UEMS Council, y en ellas se definen los cuidados intensivos como una competencia central de la especialidad de Anestesiología. A diferencia de otras competencias específicas, la «atención médica y perioperatoria de pacientes críticos/Cuidados Intensivos Generales» es considerada un dominio de competencias básicas que alcanza todo especialista en Anestesiología en Europa.
La anestesiología es una disciplina médica que incluye dentro de sus responsabilidades los cuidados postoperatorios y los cuidados intensivos, como parte integral de la especialidad. (cfr. Programa oficial de la especialidad y recomendaciones europeas)
La formación en anestesiología proporciona unos conocimientos y experiencia práctica en fisiología, farmacología y medicina perioperatoria que son muy valiosos para la práctica de los cuidados intensivos. La formación adicional de los anestesiólogos en cuidados intensivos mejora también su capacidad de atención al paciente crítico en el ámbito perioperatorio
Para dar continuidad a los cuidados quirúrgicos conviene que anestesia lleve todos los cuidados intensivos postoperatorios.
No es bueno para los pacientes la pérdida de información y de continuidad de cuidados desde el quirófano a su transferencia a otro equipo médico sin experiencia quirúrgica y que no ha vivido las incidencias intraoperatorias.
Es por ello que las Unidades de Cuidados Críticos Quirúrgicos se nominarán Unidades de Cuidados Intensivos de Anestesia, para diferenciarlas en estructura y dotación de recursos de las Unidades de Recuperación Post-anestésicas.
Desde ANESTEX (Sociedad de Especialistas en Anestesiología, Reanimación y Terapéutica de Dolor de Extremadura) queremos hacer constar dichas indicaciones en nuestro ámbito laboral propio.